
| Fecha | 05.10.2009 |
| Por | Ariadna R. |
| Asunto | Consulta |
¿Existe alguna contingencia por no pagar beneficios sociales a los vigilantes? De ser así, mediante qué documento se debe dejar constancia de dichos pagos? Actualmente, la junta de propietarios sólo recibe "Recibos de Caja" por parte de ellos, no existe contrato firmado.
Adicionalmente, quisiera saber si los beneficios se calcularían de la misma forma que a una trabajadora del hogar (ejm. 15 días de vacaciones en vez de 30 días, etc.)