Red de Arrendadores e Inquilinos de Lima

CONSULTAS

Fecha 10.07.2009
Por Serivicio de Atención al Cliente
Asunto Re: Transferencia de dominio fraudulenta

Estimada Srta. Priscila G.P.,

Entiendo su preocupación. Revisados los hechos vemos 3 salidas:

1. Tramitar en registros públicos una copia simple de la ficha o
partida registral del departamento. Desde este punto se podría
realizar un estudio de titulos y determinar la situación legal del
inmueble, inclusive de existir una compraventa del predio que Uds.
desconozcan se podría pedir la visualizacion del titulo archivado de
esa inscripcion, obtener copias y determinar la legalidad de los
documentos presentados a registros públicos ya que en estos casos es
muy posible que existan documentos falsificados, inclusive habría que
llevar el testimonio de compraventa a la notaria que lo emitió para
confirmar si la firma y el documento es legitimo. De encontrarse una
irregularidad, Ud. deberá contactarse con al menos uno de los sobrinos
y éste deberá entablar una demanda judicial con el objetivo de anular
ese asiento registral de transferencia de dominio e inscribir esa
sentencia en la partida del predio.

2. Dependiendo de si el actual propietario registral hace seguimiento
de su propiedad y si todos los vecinos estan de acuerdo, conjuntamente
todos Uds. al habitar los predios en forma continua, pacífica y
pública por mas de 10 años, podrán iniciar cada uno de forma
independiente en cualquier notaria, que es la via mas rapida pues dura
casi 2 meses, la declaracion de prescripcion adquistiva de dominio
respecto de los predios. Con el acta que emita el notario despues de
realizar publicaciones y transcurrido el plazo de ley para que el
propietario registral se oponga, registros publicos inscirbira la
propiedad a su nombre. Para esto deberá contar con documentacion que
acredite su tenencia por el tiempo indicado asi como presentar
testimonios de entre 3 a 6 personas. Si la compraventa que
supuestamente ha realizado el abogado aun no se ha inscrito y la
partida no esta bloqueda, entonces el propietario registral debería
ser aun la señora fallecida por lo que el abogado no podrá oponerse a
la prescripcion pues no tiene legimitidad para hacerlo.

3. Organizar a los sobrinos para que realicen la division y particion
de la masa hereditaria y adquirir los inmuebles mediante contratos de
alquiler-venta, los cuales se deberán inscribir en la partida de cada
predio y asi asegurarse que si los dueños venden a otro el inmueble,
éste comprador no podrá inscribir esta transferencia ya que el
contrato de alquiler esta inscrito.

Espero haber podido ser de utilidad a su caso, y no dude en realizar
mas consultas de tenerlas.

Saludos cordiales,

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